Qué Es Y Como Se Solicita El Permiso De Residencia

Qué Es Y Como Se Pide El Permiso De Residencia

Reunirse con sus familiares de forma legal en España. abogados inmigrantes Convivir con la familia directa. Esta es la esencia de la reagrupación familiar. La oración “me quiero traer a mis hijos o bien mis padres a España” hace referencia, en términos generales, a la solicitud del permiso de vivienda por reagrupación familiar.

En la página web oficial del Ministerio de Empleo se recoge la reagrupación familiar como una autorización de residencia temporal que se va a poder entregar a los familiares de los extranjeros residentes en España, en virtud del derecho a la reagrupación familiar”.

Ahora que ya sabes qué es la reagrupación familiar, vamos a explicarte quién puede pedir este permiso de residencia, en qué momento y qué requisitos hay que cumplir.

¿Quién puede solicitar el permiso de residencia por reagrupación familiar?

El reagrupante es el miembro de la familia que tiene vivienda legal en España y que cumpliendo con determinados requisitos podrá reagrupar a sus familiares, llamados reagrupados.

El permiso de vivienda por reagrupación familiar ha de ser pedido por el reagrupante. Para ello, debe haber residido en España por un periodo mínimo de un año y tener un permiso para radicar en este país a lo largo de, cuando menos, otro año más. Aparte de este requisito para la concesión de la reagrupación, el residente en España debe disponer de una vivienda adecuada y medios económicos suficientes. 

¿Qué se considera ingresos económicos suficientes?

El Ministerio de Empleo cifra esta cantidad en el 150 por cien del IPREM para unidades familiares de 2 miembros. Esto es reagrupante y reagrupado. Por cada reagrupado más se exige disponer de un 50 por ciento más del IPREM, es decir, reagrupante y 2 reagrupados (cónyuge e hijo) va a deber contar con de ingresos superiores al 200 por ciento del IPREM. En estos ingresos se computarán los aportados por familiares de línea directa que convivan con el reagrupante.

Para acreditar esos ingresos, si el reagrupante trabaja por cuenta ajena debe aportar la última declaración del IRPF y su contrato de trabajo, al paso que si es autónomo, aparte de su última declaración de la renta, debe aportar la acreditación de estar desarrollando una determinada actividad.

Reagrupación familiar: requisitos y documentación para conseguir esta autorización de residencia temporal 

Además de los requisitos que ya te hemos contado, existen otros requerimientos para reagrupar legalmente a la familia en España. Son los siguientes:


  • Uno de los primeros y más importantes: no encontrarse en situación irregular en nuestro país, tener prohibida la entrada en España o encontrarse dentro de un periodo de no retorno.

  • No disponer de antecedente penales en este país ni antecedentes por delitos contemplado en el Código Penal de España en otros países.

  • Haber pagado la tasa correspondiente para realizar los trámites de concesión de la reagrupación familiar.

  • No haber contraído una enfermedad considerada de influencia grave para la salud pública. En la se encuentra la información referente a esta clase de enfermedades.  

  • Disponer de cobertura de asistencia sanitaria por la parte de la Seguridad Social o contar con un seguro médico privado de enfermedades.

¿A quién se puede reagrupar?

Principalmente, los familiares que pueden ser reagrupados son:


  1. Hijos del reagrupante o del cónyuge. En este grupo se incluyen los menores de edad, hijos adoptados o incapacitados, toda vez que no estén casados.  Si se trata de un hijo o bien hijos de uno de los dos miembros de la pareja, se debe acreditar que tiene la custodia o que ejercita en solitario la patria potestad del reagrupado.

  2. Ascendientes de primer grado del reagrupante o bien de su cónyuge. Es decir, padre o bien madre de uno de los miembros de la familia. Para que esta reagrupación pueda celebrarse, es indispensable acreditar que ese miembro de la familia ha estado a cargo del reagrupante o bien su pareja mientras que estos radicaban en España. Para esto, por servirnos de un ejemplo, se pueden aportar los envíos de dinero efectuados. En la página del Ministerio se recalca que “para reagrupar a los ascendientes, el reagrupante deberá ser titular de una autorización de larga duración o bien larga duración-UE”.

  3. Cónyuge o bien aquella persona con la que sostenga una relación análoga de afectividad. Esto puede darse cuando están inscritos como pareja en algún registro público o cuando se pueda acreditar (con pruebas aceptadas en derecho) esa relación a pesar de no estar registrada.

¿De qué forma se pide la reagrupación familiar y qué plazo tiene la Administración para resolver la petición?

El reagrupante debe acudir a la Oficina de Extranjería de la provincia y abonar, cuando se admita a trámite la solicitud, la tasa de residencia temporal por reagrupación familiar.

En un plazo de 45 días desde su petición, la Administración debe responder. Si no lo hace, se comprenderá desestimada por silencio administrativo. Si se acepta la petición, en el plazo de un par de meses el reagrupado debe solicitar el visado. Este se puede solicitar en el consulado de España donde resida el reagrupado. Para solicitarlo, el reagrupado debe aportar:


  • Pasaporte o bien título de viaje válido en España, con vigencia de, al menos, cuatro meses.

  • Documentación original acreditativa de los vínculos familiares.

  • Certificado médico. abogado inmigración

  • Un certificado de antecedentes penales del país donde hubiera residido los últimos 5 años.

El consulado debe responder a la petición en el plazo de 2 meses. abogados inmigrantes De otorgar este documento, el reagrupado deberá recogerlo en el plazo de un par de meses desde el instante en que le notifican su concesión. Si es menor, será su representante legal quien recoja el visado.

Después del visado… El reagrupado debe llegar a España en el plazo de tres meses

Siguen los plazos cortos. Concedido el visado, el reagrupado tiene de plazo hasta que concluya su valía, no superior a tres meses, para llegar a España. Una vez en nuestro país, deberá solicitar la en el plazo de un mes.

La Tarjeta de Identidad de Extranjeros se consigue en una Comisaría o bien en la Oficina de Extranjería. Para que sea facilitada, el reagrupado debe presentar:


  1. Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, modelo EX–17.

  2. Tres fotografías recientes y en color.

  3. Justificante del pago de las tasas de la tarjeta.

Como has podido comprobar, los trámites y requisitos son numerosos y los periodos de tiempo cortísimos. De ahí que, para efectuar todos los trámites de reagrupación familiar con seguridad, consulta con un letrado especialista.  

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